Gracias a la petición de Raúl Sirio y a la dedicación de Laurelin, tenemos hoy un nuevo artículo sobre una nueva área de conocimiento no tratada aún y de una nueva contribuyente. Hoy todo es nuevo lo de que lo nuevo suele estar bien en este caso se cumple, como podréis comprobar.
Sin más, os dejo con la entrada, no sin antes agradecerle a Laurelin su participación en el blog y esperando que no sea la única :)
Liumeg.
El IRPF , es decir, el impuesto de la renta de las personas físicas:
La persona que va a declarar se le denomina el “contribuyente” y bueno ellos dicen que gravan (que viene a significar establecer un tributo) acorde a la situación personal y familiar del contribuyente. Se puede hacer de forma individual o conjunta (con tu pareja).
Ya quedándonos claro la persona, veamos qué es lo que necesita saber Hacienda:
- Rendimientos del trabajo (sueldos, salarios, pensiones...)
- Rendimientos del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas...) e inmobiliario (por arrendamientos de inmuebles)
- Rendimientos de actividades económicas (empresarios, profesionales...)
- Ganancias y Pérdidas patrimoniales (por transmisiones de bienes, ciertos premios.. sobre todo herencias y ganar la lotería los que menos)
- Imputaciones de renta establecidas legalmente (por la propiedad de ciertos inmuebles no arrendados distintos de la vivienda habitual, es decir, la casa de la playa)
Hacienda comprueba entonces cuál ha sido el total de tus ingresos ese año y por qué motivos ingresaste dinero y según el dinero que hayas percibido tendrás la obligación de hacer la declaración de la renta o no. Hay un mínimo establecido que es por así decirlo el borderline para declarar, puede variar según el año y el gobierno, por ejemplo, si cobras muy poco pues no estás obligado a declarar pero si quieres puedes hacerlo.
Básicamente el funcionamiento consiste en: cuanto más ganas, más pagas y cuanto más inviertes, más puedes deducirte (descontarte). Estoy hablando a nivel de Persona Física, no de Empresa.
De todas maneras, cuando recibimos un salario, la empresa para la que trabajamos ya nos hace una retención del IRPF que le da directamente a Hacienda, esta cantidad es una cantidad estimada, lo mismo hacen los bancos con las cuentas de ahorro, cuando cobramos intereses nos quitan también un 18 % de IRPF.
Al final cuando vamos a realizar la declaración lo que vamos a comparar son las retenciones que nos han hecho con lo que deberíamos de haber pagado, así sabremos si hicieron correctamente todas las retenciones que nos han hecho, también incluiremos aquí las posibles deducciones (descuentos) que nos podamos hacer, como por ejemplo la de la vivienda habitual si estamos pagando una hipoteca.
Hacienda ofrece unas deducciones a las personas que invierten en algunos ámbitos o actividades, son una especie de ayudas por así decirlo y claro está que si no declaras no puedes optar a esos descuentos.
Estas son las deducciones que ofrecía en el 2009:
- Deducción por inversión en vivienda habitual
- Deducción por cuenta ahorro-empresa
- Deducción por doble imposición internacional
- Reducciones en la base imponible
Espero haberos aclarado un poco el tema, la verdad es que yo aún no he tenido que realizar una declaración de la Renta porque desgraciadamente es poco lo que he llegado a cobrar y a mi Padre le merecia más la pena meterme en su declaración de la renta para el poder desgravar más.
Os dejo un enlace a un vídeo que ha hecho Hacienda para explicar cómo se calcula el IRPF, el caso es un poco idílico pero está bastante bien explicado.
La experiencia que yo tengo es con el Impuesto de Sociedades en las empresas y bueno... se hacen bastantes cosas que no se deberían de hacer para pagar menos impuestos, ya os lo explicaré más adelante.
Podéis encontrar más información en www.aeat.es
Espero que os haya gustado.
Un saludo
Laurelin
Esa laurelin!
ResponderEliminarEn el futuro podrías explicar un poco qué significan estas cositas:
Deducción por inversión en vivienda habitual
Deducción por cuenta ahorro-empresa
Deducción por doble imposición internacional
Reducciones en la base imponible
;)
De puta madre Laurelin, aunque como dice Elfio, algunos conceptos no están muy claros y me pierdo entre nombres.
ResponderEliminarEl vídeo está muy bien explicado, como para mongolitos, pero creo que es la única manera de entenderlo para los que no tenemos idea de esto.
La de trapicheos que debe haber...
Un abrazo Laurelin, espero que te vaya todo guay por Cambridge.
Gracias Laurelin por arrojar luz sobre nuestras personas virtuales (detrás de ellas nos escondemos las personas físicas XD ).
ResponderEliminar¡¡En Cambrigde la tía!! Leche, tenía que haber descubierto este blog cuando estudiaba...me habría sacado la carrera con la gorrilla ;)